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ORDENANZA SOBRE LA BANDERA, EL ESCUDO
Y EL HIMNO NACIONAL DEL MUNICIPIO CHACAO
CAPITULO I
DE LOS SIMBOLOS DEL MUNICIPIO CHACAO
CAPITULO II
DE LA BANDERA DEL MUNICIPIO CHACAO
CAPITULO III
DEL ESCUDO DE ARMAS DEL MUNICIPIO CHACAO
CAPITULO IV
DEL HIMNO DEL MUNICIPIO CHACAO
CAPITULO V
DISPOSICIONES FINALES
REPUBLICA DE VENEZUELA
ESTADO MIRANDA
MUNICIPIO CHACAO
ORDENANZA 10-94
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CHACAO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA SOBRE LA BANDERA, EL ESCUDO
Y EL HIMNO NACIONAL DEL MUNICIPIO CHACAO
CAPITULO I
DE LOS SIMBOLOS DEL MUNICIPIO CHACAO
ARTÍCULO 1: La presente ordenanza tiene por objeto crear los símbolos
del Municipio Chacao y establecer los requisitos y condiciones para su
uso.
ARTÍCULO 2: La Bandera, el Escudo de Armas y el Himno que por esta
ordenanza se crean, deben ser venerados y respetados por todos los habitantes
del Municipio Chacao y por todos aquellos que transiten por su jurisdicción.
CAPITULO II
DE LA BANDERA DEL MUNICIPIO CHACAO
ARTÍCULO 3: Se crea la Bandera del Municipio Chacao, la cual tiene
una dimensión de dos metros con dos centímetros (2,02 mts) de largo y
un metro con doce centímetros (1,12 mts) de ancho, y esta formada por
dos colores azul y beige. el color azul que le sirve de fondo, en una
franja alrededor de la misma de quince centímetros (15 cm) de ancho, que
simboliza el cielo de Chacao; el color beige, en una extensión de un metro
con setenta y dos centímetros ( 1,72 mts) de largo y ochenta y dos centímetros
(82 cm) de ancho, reproduce el color de la Bandera del Estado Miranda.
en el centro de color beige, lleva el Escudo de Armas del Municipio Chacao
y en sus bordes, flecos de color oro.
ARTÍCULO 4: El Alcalde reglamentará la forma y dimensiones que
tendrán los estandartes, emblemas e insignias que lleven los colores del
Municipio Chacao, la forma, uso y dimensiones a ser utilizados por la
policía Municipal y cualquier otro órgano de seguridad o de servicio Municipal,
así como, el uso de ellos en condecoraciones e insignias que otorguen
los de gobierno Municipal.
ARTÍCULO 5: La Bandera del Municipio Chacao deberá estar expuesta:
1.- En el Salón de sesiones del Concejo Municipal.
2.- En el Despacho del Alcalde.
3.- En el despacho del comandante de la policía Municipal
y de cualesquier otros organismos policiales o de vigencia creados por
el Concejo.
4.- En el despacho del comandante del cuerpo de bomberos.
5.- En el despacho de los directores de los institutos
educacionales del Municipio Chacao.
6.- En cualesquier otros sitios donde el Alcalde, através
del reglamento o mediante decreto, así lo estime procedente.
ARTÍCULO 6: La Bandera del Municipio Chacao deberá permanecer enarbolada
en el edificio sede del Concejo Municipal y en el edificio de la Alcaldía.
En los demás establecimientos públicos Municipales, se enarbolará los
días declarados fiesta por el Municipio Chacao.
ARTÍCULO 7: En desfiles, marchas o manifestaciones patrióticas
a realizarse en jurisdicción de este Municipio, que fueren autorizadas
por las autoridades competentes, deberá portarse la Bandera del Municipio
Chacao.
ARTÍCULO 8: Fuera de las oportunidades señaladas, el uso de la
Bandera del Municipio Chacao o de sus colores, no será permitido, sino
en los casos en que el Alcalde, mediante el reglamento o por decreto,
así lo estime conveniente.
CAPITULO III
DEL ESCUDO DE ARMAS DEL MUNICIPIO CHACAO
ARTÍCULO 9: Se crea el Escudo de Armas del Municipio Chacao para enaltecer
e identificar hechos trascendentales sociales, políticos, históricos y
culturales propios del Municipio.
ARTÍCULO 10: El Escudo de Armas del Municipio Chacao contiene los
hitos más importantes que han determinado la vida de esta comunidad.
ARTÍCULO 12: El Escudo de Armas del Municipio Chacao tiene las siguientes
características:
Está conformado por tres cuarteles en el campo azul,
es medio partido y cortado por un ceñidor de gules con las inscripciones
en sable, Chacao, y debajo, en letras más pequeñas, Estado Miranda, entidad
federal a la cual pertenece este Municipio.
El primer cuartel lleva la figura representativa del
Indio Chacao con su brazo derecho en alto empuñando una macana, en símbolo
de rebeldía, y en su brazo izquierdo dos indiecitos de la tribu, rescatándolos
de manos de los españoles.
El segundo cuartel lleva unas notas musicales que simbolizan
la escuela de música de Chacao, y debajo de ellas un libro abierto, símbolo
de la cultura universal.
El cuartel inferior simboliza el pueblo y la Iglesia
de San José de Chacao, el obelisco ubicado en la Plaza Altamira y, de
fondo, el Parque Nacional el Ávila, norte de nuestro Municipio.
El Escudo está adornado con una orla de gules.
En la parte superior central, lleva como timbre la corona
del primer marqués del socorro, Don José Solano y Bote, fundador del pueblo
San José de Chacao.
El flanco derecho, una rama de cafeto, símbolo de la
primera cosecha de café recogida en Venezuela con fines industriales.
En su flanco izquierdo, una rama de palma, que simboliza
nuestra tradición "los Palmeros de Chacao".
En campaña, las ramas del cafeto y de palma entrelazadas
con una faja de gules, y en ella, inscrita en sable, las siguientes fechas:
19 abril 1768, fecha de la fundación del pueblo San José de Chacao; 30
septiembre 1769, fecha de la fundación de la parroquia de San José de
Chacao, y señalamiento de los límites que hoy tiene nuestro Municipio;
26 noviembre 1880, fecha en que Chacao recibe la categoría de Municipio
foráneo; y 13 de noviembre 1991, fecha en que la asamblea legislativa
del Estado Miranda aprueba su autonomía Municipal.
Esta faja lleva en su parte central la cruz de la Orden
de Santiago, ostentada por el fundador del pueblo de San José de Chacao,
Don José Solano y Bote.
ARTÍCULO 13: El Escudo de Armas del Municipio Chacao se exhibirá
en las siguientes dependencias: en el Salón de Sesiones del Consejo Municipal,
en el Despacho del Alcalde, en el Despacho del Síndico Procurador del
Municipio Chacao, en el Despacho del Contralor Municipal de Chacao, en
el Despacho de los Concejales, en el Despacho del Secretario, en el Despacho
del Cronista de la Ciudad de Chacao, en el Despacho de los Directores
y otras dependencias públicas Municipales.
ARTÍCULO 14: El Escudo de Armas del Municipio
Chacao se exhibirá en todos los centros educacionales ubicados en jurisdicción
de este Municipio.
ARTÍCULO 15: El Alcalde ordenará la impresión
del Escudo de Armas del Municipio Chacao, creado por la presente ordenanza,
y será entregado en acto público a las dependencias mencionadas en el
artículo 13 de esta ordenanza.
ARTÍCULO 16: Todas las dependencias de la Alcaldía
y del Concejo Municipal utilizarán impreso en su correspondencias oficiales
de uso externo, publicaciones oficiales y en el sello oficial, el Escudo
de Armas del Municipio Chacao.
CAPITULO IV
DEL HIMNO DEL MUNICIPIO CHACAO
ARTÍCULO 17: El Himno del Municipio Chacao esta
compuesto por un coro y cuatro estrofas, en forma de marcha, en compás
de cuatro por cuatro, en clave de "la" mayor, y cuya letra corresponde
al poeta Venezolano Ernesto Luis Rodríguez y su partitura al músico venezolano
Cesar Alejandro Carrillo.
ARTÍCULO 18: El texto del Himno del Municipio
Chacao es el siguiente:
Coro
Con fervor en la mística avanza
bajo el cálido azul de este cielo
el más puro y espléndido anhelo
de una tierra tan llena de amor.
aquí vive de pie la esperanza
y en nosotros con fé permanente
trabajar por Chacao y su gente
será siempre consigna de honor.
I
Lleva siglos contando el paisaje
que el casique Chacao aguerrido
combatió por su pueblo querido
con denuedo, valor y lealtad...
aquí estuvo de frente el coraje
y elevaron la misma protesta
San Felipe, Blandín, la Floresta
libertad... libertad... libertad!
II
Aquí empieza la gracia del mundo
tierra santa de palma bendita;
tradición que la fe nos invita
con los gratos palmeros de ayer.
hoy Chacao es un pueblo fecundo
de frescura, optimismo y aliento
que al futuro levanta contento
la pasión de su pródigo hacer.
III
Chacao ama el esfuerzo constante
por un tiempo mejor cada día;
y unidad, convivencia, alegría
abren rumbo a esta lucha tenaz.
aquí somos, con alma vibrante,
compañeros, vecinos y hermanos;
y tendidas al pueblo las manos
Dios bendiga en nosotros la paz!
IV
Todo el Ávila azul nos revela
de Chacao su fúlgida historia;
y este pueblo merece la gloria
de ser fuerte, pujante y feliz.
de aquel indio el espíritu vuela
pregonando con nobles empeños
que entre amores, cantares y sueños
Aquí esta lo mejor del país! . . .
ARTÍCULO 19: El Himno del Municipio Chacao deberá tocarse en los siguientes
casos:
1.- Para rendir honores a la Bandera del Municipio Chacao.
2.- Para rendir homenaje al Concejo Municipal y al Alcalde.
3.- Para dar inicio a los actos oficiales solemnes del
Municipio Chacao.
4.- En los actos públicos que se lleven a cabo para conmemorar
las fechas históricas de la patria, del Estado y del Municipio.
5.- En cualesquier otros casos que prevea el reglamento
de esta ordenanza o que así lo determine el Alcalde por decreto.
CAPITULO V
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 20: En ningún caso será permitido a los
partidos u organizaciones políticas el uso de los símbolos del Municipio
Chacao en concentraciones públicas y en propagandas poselitístas.
ARTÍCULO 21: Al ser izada o arriada la Bandera
del Municipio Chacao, al paso de ésta, o al ser tocado el Himno del Municipio
Chacao en actos oficiales o públicos, toda persona deberá estar de pie
y descubierta la cabeza.
ARTÍCULO 22: La presenta ordenanza entrará en vigencia a partir de
su publicación en la gaceta Municipal.
Dada, firmada y sellada en el Salón donde celebra sus Sesiones el Concejo
del Municipio Chacao, en la ciudad de Chacao, a los 27 días del mes de
octubre de 1994. Año 184 de la Independencia y 135 de la Federación.
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EL PRESIDENTE
IRENE SAEZ CONDE
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EL SECRETARIO MUNICIPAL
KATIUSKA GARCIA VAZQUEZ
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Alcaldía del Municipio Chacao, en la ciudad de Chacao,
a los 21 días del mes de noviembre de 1994. 184 de la Independencia y
135 de la Federación.
EL ALCALDE
IRENE SAEZ CONDE
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